La conductora Carmen Aristegui presentó un amparo indirecto ante un Juez de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal por la extinción unilateral y obligatoria del contrato firmado con Stereorey, titular de la estación 102.5 de frecuencia modulada.
La relación establecida en el Contrato Marco de Prestación de Servicios celebrado entre MVS y Aristegui Flores fue extinguida de manera unilateral y que la empresa le habría impedido el acceso a las instalaciones de MVS Radio, indica el amparo.
Asimismo, señala que los lineamientos publicados el pasado 13 de marzo por MVS fueron impuestos de manera unilateral y obligatoria en su perjuicio contractual, legal y constitucional.
Por ello, exige la suspensión provisional de la extinción unilateral del contrato firmado con MVS, y en su oportunidad la suspensión definitiva.
“Estamos frente a un caso en el que, de llegarse a consumar (la extinción unilateral del contrato y la imposición de lineamientos) harían físicamente imposible restituir a la suscrita en el goce de los derechos humanos reclamados”, señala la demanda.
Aristegui Flores alude en el escrito de 90 cuartillas la violación de los artículos 1, 5, 6, 7, 16 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; el 1, 2 y 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; los artículos 2, 5 y 13 de los Principios sobre Libertad de Expresión de la OEA; así como la Declaración Conjunta sobre la Regulación de los Medios, las Restricciones a los Periodistas y la Investigación de la Corrupción.
“La suspensión que se pide, tanto provisional como la definitiva, debe tener el alcance de ordenar a las responsables que no ejecuten (la extinción unilateral del contrato y la imposición de lineamientos) y, en esa virtud, debe tener el efecto de que la autoridad responsable de cumplimiento al Contrato Marco y permita el acceso a las instalaciones de MVS Radio para que continúe las transmisiones del noticiero (…) con todas las consecuencias que ello implica sin que tengan que observarse los ‘Lineamientos’ señalados” también reclamados en el amparo.
INF./TELEFONO ROJO