IFE aprueba nuevas reglas de fiscalización

El Instituto Federal Electoral (IFE) aprobó nuevas reglas de fiscalización para realizar visitas de verificación de gastos durante las campañas y las precampañas electorales, así como a remitir a las autoridades financieras los listados de candidatos a cargos de elección popular y garantizar la licitud del financiamiento privado que reciban.

El reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 2012, con excepción de las disposiciones relativas a las precampañas y los procedimientos de monitoreos bajo la responsabilidad de la Unidad de Fiscalización.

“Tenemos que seguir haciendo esfuerzos por transparentar el uso del financiamiento por parte de los partidos políticos. Hoy enfrentamos nuevos retos; en enero de 2009 tuvimos que hacer una modificación a los reglamentos de fiscalización, justamente para blindar el proceso electoral de la presencia de recursos provenientes de actividades ilícitas. Hoy reforzamos ese blindaje”, dijo Leonardo Valdés, presidente del IFE.

Ayer, el consejo aprobó el Reglamento de Procedimientos en Materia de Fiscalización, así como el Reglamento para la Liquidación de Partidos Nacionales, que entrarán en vigor una vez que sean publicados en el Diario Oficial de la Federación.

El segundo de estos reglamentos precisa que los candidatos y dirigentes de los partidos en proceso de liquidación estarán obligados a responder las solicitudes de información en materia de fiscalización.

También indica que el interventor que asigne el IFE asumirá todas las facultades de dueño en lo relativo a los bienes partido político en liquidación.

El Reglamento de Fiscalización precisa que la Unidad de Fiscalización del IFE remitirá a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV); al Servicio de Administración Tributaria (SAT), y a la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda, el listado de candidatos, de dirigentes y de los titulares de los órganos de finanzas de los partidos a nivel nacional “que encuadren en la definición de personas políticamente expuestas”.

“Lo anterior, con el objeto de verificar la procedencia lícita de los recursos provenientes del financiamiento privado de los partidos, así como prevenir y detectar actos, omisiones u operaciones que pudieran favorecer, prestar ayuda, auxilio o cooperación de cualquier especie para la comisión del delito previsto en el artículo 139 del Código Penal Federal o que pudieran ubicarse en los supuestos del artículo 400 Bis del mismo ordenamiento legal”, indica el Reglamento en su artículo 335.

El reglamento también faculta a la Unidad de Fiscalización a realizar visitas de verificación durante la etapa de revisión de los informes, o bien, dentro de la precampañas y campañas.

“Podrá en todo momento y de manera aleatoria seleccionar uno o varios distritos en donde se llevarán a cabo dichas verificaciones aplicando pruebas muestrales respecto de la totalidad de los precandidatos o candidatos que se encuentren inscritos en la contienda electoral”, puntualiza el reglamento.

En estas visitas podrá requerirse a los partidos escrituras de sus inmuebles o los contratos de arrendamiento y especifica que los partidos tendrán que presentar un programa de gasto para actividades específicas.

Agencia El Universal