La Ley NO escrita sobre la Libertad y Derechos de los pasajeros de avión

Inciso I: El derecho a quitarse los zapatos

Los pasajeros podrán quitarse los zapatos de sus pies, pero sólo si los pies antes mencionados no apestan o presentan riesgos para la salud a otros pasajeros. El derecho de los pasajeros a ir al baño sin zapatos no debe ser infringido, ya que es realmente su propio negocio si usted quiere estar en la orina de los demás.

Inciso II: La libertad de no ser asaltado por aromas

Ningún pasajero deberá, en el tiempo de vuelo, ser sometido a los aromas poco razonables, ya sea de perfume de gran alcance, el aroma de los alimentos como la cebolla, u otros aromas totalmente innecesarios en un avión.

Inciso III: El derecho a una luz razonable

Todos los pasajeros se les permitirá el derecho a utilizar su propia luz del techo para leer cuando las luces de cabina estén apagadas. Ningún pasajero contra su voluntad será molestado por la apertura irreflexiva de las persianas durante este período, a los pasajeros del asiento de ventana no se les delega el poder de dejar ciegos a sus compañeros de viaje.

Inciso IV: La libertad de los niños latosos

El derecho de los pasajeros a que no le den una patada en la espalda, tener su pelo recogido, ser presentado con objetos llenos de mocos, o ser asaltados de alguna otra manera por los niños latosos no será infringida. Los bebés que lloran, no pueden ser responsabilizados por sus acciones por lo tanto podrán ser exentos.

Inciso V: La libertad de no expresión

No habrá necesidad de que los otros pasajeros escuchan las quejas, molestias en contra de su hijo, de su perro o de otro tipo de tema que no estén directamente relacionados a una situación de emergencia durante el vuelo. El derecho de los demás pasajeros de no escuchar el lavado de los «Trapos fuera de la Casa» no debe ser infringido.

Inciso VI: El derecho a tener apoyabrazos

En todos los casos donde se comparte un apoyabrazos con dos pasajeros adyacentes, ambas partes deben respetar el derecho del otro para mantener el brazo hacia abajo. Los pasajeros que se encuentran en el asiento de en medio deben de gozar de un trato especial y los pasajeros del pasillo y la ventana se esforzarán por ser amables y mas complacientes.

Inciso VII: Condiciones sobre desechos de los pasajeros

Los pasajeros no serán sujetos a la basura de los demás, ya sean que se ubique en la bolsa del respaldo o tirados en el suelo de manera desdeñosa. La goma de mascar no se puede pegar en área fijas de una aeronave.

Inciso VIII: El derecho a responder al llamado de la naturaleza

Un intento bien organizado para utilizar el baño, siendo necesario para la salud para un vuelo tranquilo y bienestar gastrointestinal, no se vera obstaculizado por pasajeros durmientes que se ubiquen en el pasillo. Los derechos de los demás que esperan el uso de un baño no deberá ser detenido por el deseo de los usuarios actuales del baño en perder el tiempo hurgando dicho baño.

Inciso IX: Relativas disposiciones al uso de aparatos electrónicos

La garantía de la seguridad no debe ser infringida por los deseos de los demás para hacer una última llamada telefónica, actualizar su estado de la red social para presumir de sus vacaciones inminentes, o para sembrar la planta de coliflor en su granja virtual.

Inciso X: Obstrucción cruel e innecesaria de pasillos

Ningún pasajero deberá, en el momento de desembarcar, apresurarse a coger su bolso y congestionar la ruta de salida antes de que el movimiento real sea posible. Del mismo modo, cuando llega la hora de salida, ningún pasajero inexplicablemente actuará sorprendido de que es su turno para salir.

Inciso XI: El artículo sobre la inclinación

Un acto bien justificado de un asiento reclinable no estará prohibido en todo momento, además de la hora de comer y otras ocasiones especificado por la tripulación de vuelo. Todas las veces que se intente reclinar deberá de ir precedido de una mirada hacia atrás para no aplastar sin darse cuenta los dispositivos portátiles de los pasajeros.

Inciso XII: El derecho de consumo razonable de alcohol

A ninguna persona, con excepción de los que están borrachos y odiosos o menores de edad, se les prohibirá el consumo de una bebida alcohólica.

Inciso XIII: El derecho a la privacidad de los medios de comunicación

Se evitara la lectura sobre los hombros de los demás, a menos que sea logrado exitosamente de una manera que no cause molestias al titular. La misma regla se aplicará para las películas y otros medios.