Oaxaca, estado de excepción; negados los DH a la mayoria

La reedición del conflicto 2006 por la Sección XXII de la CNTE y las organizaciones políticas y sociales integrantes de la APPO nos remite a un asunto toral en materia constitucional: la impunidad ante la reiterada violación de los derechos humanos de la mayoría de la población.
Sin que medie declaración formal alguna del gobierno del presidente Enrique Peña Nieto, de facto, es decir, de hecho, Oaxaca vive desde hace más de dos meses en un estado de excepción.
Un régimen de excepción es un mecanismo previsto en la constitución en caso que exista alguna situación extraordinaria como perturbación grave del orden interno o cualquier otro peligro considerado grave, con la finalidad de afrontarlo adecuadamente.
A diferencia de la Teoría Política la situación extrema en la que vivimos en Oaxaca por el estado de sitio, no ha sido impuesto por el Estado, con el fin de proteger el bien público, sino por quienes pretenden tomar por asalto el poder en la elección presidencial de 2018.
Es de sobra conocida por todos los oaxaqueños la identidad de la mano negra que mece la cuna de la violencia política en Oaxaca: Manuel Andrés López Obrador y su partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), la CNTE y sus organizaciones satélites.
Y para que la cuña apriete tiene que ser del mismo palo. Para sorpresa de muchos finalmente se ha logrado establecer que el gurú político de López Obrador es nada menos que el hijo del ilustre oaxaqueño José Vasconcelos Calderón, Maestro de América.
Según su ficha curricular Héctor Vasconcelos es licenciado en Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales por la Universidad de Harvard, Maestro en Historia Política por la Universidad de Cambridge y realizó los Estudios de Doctorado en la Universidad de Oxford.
El también diplomático mexicano, quien ha sido Cónsul de México en Boston y Embajador de México en Dinamarca, Noruega e Islandia, es quien tripula la estrategia de López Obrador con fundamento en información y análisis avanzados de la situación económica y política global.
Es en este escenario de confrontación en el que la revuelta del conflicto 2006 da un giro sumamente alarmante: la exclusiva defensa de los derechos humanos de los agitadores subversivos y el menosprecio de los derechos humanos del resto de la población.
El tema en cuestión de ninguna manera es un asunto menor, en virtud que apoyada por la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca la Comisión Nacional de Derechos Humanos se ha lanzado a la yugular de la Fiscalía General del Estado.
Los Ombudsperson Arturo Peimbert Calvo y Luis Raúl González Pérez han acusado al Fiscal Héctor Joaquín Carrillo Ruiz de falta de colaboración al supuestamente no proporcionar información de las investigaciones del enfrentamiento en Nochixtlán.
La Defensoría se solidariza con el señalamiento realizado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en el sentido que la Fiscalía General del Estado de Oaxaca omitió proporcionar la información que el Ombudsman Nacional le solicitó en relación con los legajos de investigación iniciados con motivo de los homicidios ocurridos el 19 de junio del año en curso, durante la intervención de elementos de la policía federal y estatal que tuvo lugar en la comunidad de Asunción Nochixtlán, Oaxaca.
Relacionado con lo anterior, con fecha 22 de junio del presente año, esta Defensoría también solicitó a dicha Fiscalía copias certificadas de las carpetas de investigación iniciadas con motivo de los referidos homicidios; sin embargo, y a pesar de que la petición fue realizada en tiempo y forma, mediante oficio de fecha 19 de julio del año en curso, la dependencia gubernamental informó que no le era posible entregar dicha información en virtud de que la Procuraduría General de la República había ejercido la facultad de atracción del expediente.
A pesar que Peimbert Calvo incumple cotidianamente con sus obligaciones legales irónicamente señala que con su negativa a proporcionar la información solicitada, la referida Fiscalía incumplió con la obligación contenida en los artículos 80 y 82 de la Ley que rige a ese organismo de colaborar en los procesos de investigación de violaciones a derechos humanos; además, su omisión contraría lo establecido en los artículos 1° y 102, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, entre otros instrumentos internacionales en materia de Derechos Humanos.
Así, tal omisión puede tornarse en una afectación a los derechos humanos de las víctimas, al existir incertidumbre sobre el motivo por el cual dicha Fiscalía se negó a entregar la documentación requerida cuando todavía no se había ejercido la facultad de atracción por parte de la Procuraduría General de la República y, por lo tanto, la Fiscalía tenía en su poder la información requerida.
Y por qué el Ombudsman oaxaqueño no se preocupa por la afectación de la violación a los derechos humanos de la niñez a la educación y por la defensa de éstos derechos fundamentales, además de los derechos humanos violados por los bloqueos de los maestros y activistas de organizaciones sociales.
Además, la Defensoría advierte que la omisión de la Fiscalía para proveer esta información a los órganos públicos autónomos encargados de defender las prerrogativas fundamentales puede afectar el derecho de las víctimas a tener acceso a la verdad sobre la agresión que sufrieron el 19 de junio de 2016 en Asunción Nochixtlán, Oaxaca.
Al aclarar paradas, el Fiscal General de Oaxaca, Joaquín Carrillo Ruiz desmintió a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH). Rechazó que se haya negado a entregar los informes solicitados por la CNDH, y aseguró «se pusieron a disposición en tiempo y forma».

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