El Partido Revolucionario Intitucional (PRI) celebró la suspención de los spots procelitistas del dirigente panista Ricardo Anaya, luego de que dicho partido interpusiera una queja ante el Instituto Nacional Electoral (INE) porque Anaya violó el Artículo 41 de la Constitución, que prohibe la adquisición de tiempos en radio para la propaganda político-electoral.
El PRI interpuso la queja por considerar que los mensajes transmitidos en radio son un “posicionamiento sistemático, raiterado y desproporcionado de Ricardo Anaya”.
En la investigación hecha por el INE resultó que dichos spots se ubican fuera de la pauta a la que tiene derecho el Patido Acción Nacional (PAN), con al menos 288 impactos al aire, lo cual está fuera de la ley.
El PRI exigió a Ricardo Anaya Cortés que se abstenga de adquirir o contratar material publicitario como el difundido a modo de entrevista con el comunicador de Grupo Radio Centro, “Toño Esquinca”.
En el contenido de uno de los tres spots en cuestión se escucha la voz en off del dirigente panista con la frase “a lo que aspiro es a no ser justamente de esos políticos de siempre, sino representar algo distinto”.
La última palabra la tendrá el Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación, que tiene a su cargo establecer las sanciones correspondientes.
Las sanciones podrían ser desde una amonestación pública, una multa de diez mil días de salario mínimo con las ministaciones del financiamiento público y la interrupción de la transmisión de la propaganda política o electoral dentro del tiempo que le sea asignado por el INE y hasta la cancelación del registro de un partido en casos graves.
