
Las comunidades indígenas en México, tienen la posibilidad de ejecutar el Himno Nacional traducido a su lengua, a fin de fomentar el sentido de pertenencia e identidad.
Los pueblos y las comunidades, a través de sus representantes legales, pueden efectuar el trámite para la autorización y registro de su traducción.
El Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (Inali) es la autoridad facultada para realizar y analizar las traducciones del Himno Nacional, las cuales deberán contar con la autorización de la Secretaría de Gobernación (Segob) y de la Secretaría de Cultura.
Además, la Secretaría de Gobernación lleva el registro de las traducciones autorizadas.
¿Cuál es el procedimiento para solicitar autorización y traducir el Himno Nacional a una lengua indígena?
- Realizar trámite ante la Segob, especificando la lengua indígena en la cual se pretende interpretar el Himno.
- Adjuntar una muestra de la traducción, que la Dirección de Fomento Cívico de la Segob remitirá al Inali, donde será analizada su pertinencia.
- Solicitar también autorización ante la Secretaría de Cultura.
- Con base en el análisis del Inali, las secretarías de Gobernación y Cultura emitirán el fallo que consideren procedente y lo darán a conocer al interesado.
Comunicado 023
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