Agrupaciones políticas en la ciudad de México podrían obtener esta semana el espaldarazo definitivo para aspirar a su registro ante el Instituto Electoral del Distrito Federal y contender en los comicios de 2012.
Lo anterior, debido a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) prevé resolver antes del jueves el recurso de inconstitucionalidad promovido por el PRI en contra del Código de Procedimientos e Instituciones Electorales del DF.
En diciembre de 2010, la Asamblea Legislativa aprobó cambios al Código Electoral, en el que se endurecen los requisitos para el registro de partidos políticos. La oposición llamó estas modificaciones “ley Ebrard”.
De acuerdo con el proyecto elaborado por el ministro Salvador Aguirre Anguiano, del cual EL UNIVERSAL posee una copia, las reglas que regirán el proceso de elecciones del año próximo son parcialmente violatorias a la Carta Magna, en al menos tres puntos.
Para emitir esta postura, según el documento, se realizó un análisis de la argumentación del Tribunal Federal Electoral, la PGR y el gobierno capitalino, ya que la Asamblea Legislativa se quedó en estado de indefensión, luego de que ésta nombró como representante legal a un directivo que no tiene facultad para ello. La única persona facultada para esta representación es la presidenta del órgano, Alejandra Barrales.
Por este motivo, la SCJN únicamente tomó los argumentos presentados por el PRI, con los que se aminoran los requisitos para que una Agrupación Política Local (APL) pueda obtener su registro como instituto político en el DF.
Quitan candado
El primer artículo inconstitucional, según el proyecto, es el 214, que condiciona el registro de un nuevo partido a contar con el apoyo de por lo menos 2% de la lista nominal en cada una de las 16 delegaciones políticas de la ciudad.
Ahí se detalla que el porcentaje como requisito para las APL es legal; sin embargo, en su aplicación para cada demarcación, el ministro Aguirre Anguiano considera que se atenta contra el derecho de asociación política.
En la exposición de motivos, señala que la geografía de cada delegación es diferente entre sí y, en consecuencia, no se puede realizar una asamblea vecinal de mil afiliados en cada demarcación.
De contar con el aval del Pleno, este proyecto abrirá, nuevamente, la posibilidad de que el grupo político “Partido de la Ciudad” del senador y ex perredista René Arce, el desaparecido Partido Socialdemócrata (PSD) y el ex jefe de la policía local, Joel Ortega, se unan para solicitar el registro de su partido.
Cabe recordar que en diciembre del año pasado, los perredistas en la ALDF aprobaron el actual Código Electoral.
Ante ello, los panistas, priístas y ex perredistas afines a la corriente Nueva Izquierda denominaron el código como “ley Ebrard”, pues consideraron que la aprobación llevaba dedicatoria.
Por ese motivo, Arce Islas y el PRI promovieron el 19 de enero el recurso de inconstitucionalidad 2/2011.
El documento también propone la invalidez del artículo 224, el cual indica que el periodo de precampañas será menor a 50 días, cuando constitucionalmente el límite es de 40 días.
Respecto al artículo 213 se fija la misma postura, puesto que a consideración del ministro, el Código Electoral no puede restringir la contratación de publicidad de candidatos en prensa, por teléfono e internet, ya que atenta contra la libertad de expresión.
Esto, a pesar de que —en la elección pasada— los aspirantes a puestos de elección popular se valieron de estos medios sin ningún marco regulatorio.
Por último, el proyecto sostiene que lo estipulado en el artículo 88 es violatorio a la autonomía del Instituto Electoral capitalino, debido a que ahí se especifica que el nombramiento del titular de la Unidad Técnica Especializada de Fiscalización será a propuesta del Contador Mayor de Hacienda en la Asamblea Legislativa.
El resolutivo afirma que los únicos facultados para elegir al encargado de investigar los gastos de campaña de candidatos y precandidatos son los consejeros electorales.
Agencia El Universal