TEPJF…avala promoción personal de Anaya de cara al 2018

La Sala Especializada del TEPJF determinó que los promocionales del PAN transmitidos durante el periodo de intercampaña en siete procesos electorales locales en marcha en los que aparece su dirigente Ricardo Anaya Cortés, se ajustan a la ley.

Los magistrados de la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) consideraron que los spots difundidos en Durango, Hidalgo, Puebla, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala y Zacatecas, se ajustan a la naturaleza de la propaganda política.

También que se trata de mensajes genéricos que pueden difundir los partidos políticos durante el periodo de intercampañas, indicaron en sesión pública.

El pleno consideró que las frases contenidas en dichos spots se enmarcan dentro de una propaganda que contiene una postura crítica, lo que forma parte del contexto propio de un ejercicio válido de la libertad de expresión en el debate político frente a la gestión de los actuales gobiernos en dichas entidades federativas.

Además, no presentan una plataforma electoral ni se solicita el voto a favor o en contra de algún candidato.

El magistrado presidente Clicerio Coello Garcés destacó que ha sido criterio de la Sala Especializada que los spots de los partidos políticos puedan establecer posicionamientos congruentes con el ideario de las fuerzas políticas.

Abundó que en los spots del Partido Acción Nacional (PAN) se fija una postura con respecto a las entidades federativas, lo cual es parte del debate público en todo sistema democrático, resaltó.

La magistrada Gabriela Villafuerte Coello señaló que la aparición del presidente nacional del PAN, Ricardo Anaya en los spots, se enmarcó en periodos de intercampaña, en siete estados de la República.

Además, su contenido reveló posturas críticas al gobierno en seis de ellos y, coincidente en uno de los casos; sin que el dirigente realizara llamados genuinos y direccionados a votar por esa opción política; por tanto, pueden calificarse como “genéricos de proceso electoral”, acotó.

En la opinión de la magistrada, los partidos políticos deben modular y neutralizar el lenguaje y contenido de los spots en fases como la de intercampaña, aunque consideró inevitable que tengan tinte electoral, porque justo se difunden en el contexto de los procesos comiciales.

A su vez, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña dijo que los promocionales del PAN hacen una crítica a un gobierno que no emana de su partido, por lo que es una posición ideológica de un partido político, la cual tiene que ser manifestada a fin de que en la contienda electoral se pueda evidenciar.

“Son mensajes genéricos de posicionamiento ideológico en torno al ejercicio gubernamental y este tipo de cuestiones no pueden violar la normativa electoral”, concluyó.

INF./NOTIMEX