Término de pensiones alimenticias con apego a derechos humanos: PJE

  • El Poder Judicial vigila que se protejan los derechos de los beneficiados, hayan culminado su grado de estudios profesionales y se encuentre libre de condiciones de vida en desventaja

Es compromiso del Tribunal Superior de Justicia del Estado garantizar que, al emitir resoluciones referentes a la cancelación de pensiones alimenticias a hijos de familia o cónyuges, se juzgue con perspectiva de género y protección a los derechos humanos, afirmó el magistrado José Luis Reyes Hernández, integrante de la Sala Familiar.  

El especialista en materia familiar, indicó que para determinar o no, la culminación de esta obligación económica, -la cual consiste en la provisión del vestido, habitación, educación y asistencia médica en caso de enfermedad-, es necesario considerar una serie de variables respecto a las condiciones de vida y necesidades de los beneficiarios, de modo que sus derechos no sean vulnerados.

La pensión alimenticia, explicó, quedaría cancelada siempre y cuando la o el hijo de familia haya culminado su grado de estudios profesionales y se encuentre libre de condiciones de vida en desventaja, de algún estereotipo que atente contra sus derechos u otro factor contemplado en las normas nacionales e internacionales de protección. 

Al juzgar con perspectiva de género, comentó el Magistrado, se han registrado resoluciones relevantes, como el caso de una hija de familia que tuvo un hijo, y cuyo padre no efectuó el reconocimiento; sin embargo, el progenitor de la joven accedió a proporcionar la pensión, pero un año después de haber retomado sus estudios, fue cancelada la obligación económica y la joven quedó en desventaja.

“Al recurrir a la apelación, se analizaron sus derechos humanos desde una perspectiva de género, pues se encontraba en categoría sospechosa y era expuesta al escarnio social. Por tanto, se determinó una medida de protección de los derechos de la mujer, para no continuar con los estereotipos de género por su mayoría de edad y la falta de respuesta de parte del padre del menor de edad”, comentó.

El magistrado de la Sala Familiar señaló que se da atención frecuente a casos de apelaciones por anulación de pensiones alimenticias, de las cuales se generan incidentes de disminución o cancelación de las mismas, sobre todo, en casos de hijos mayores de 30 años de edad, con grado de estudios profesionales concluido, y que continúan apelando los dictámenes emitidos en los juzgados. 

La pensión alimenticia es un derecho que brinda la ley a las y los hijos, en caso de separación o divorcio de los padres y consiste en la asignación de una cantidad económica, en favor de los hijos o la cónyuge, para satisfacer sus necesidades de subsistencia.

El magistrado Reyes Hernández, invitó a la ciudadanía a acudir a los juzgados de su distrito con el fin de plantear sus problemas y encontrar una solución, ya que bajo la política impulsada por el presidente del TSJ y del Consejo de la Judicatura, magistrado Eduardo Pinacho Sánchez, el Poder Judicial es una institución de puertas abiertas.

Be the first to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo no será publicada.


*