* Esta medida tiene como propósito estimular el desarrollo social de la infraestructura básica
* Se contempla como una herramienta para que los Cabildos tengan la capacidad económica para poder ser beneficiados con obras de impacto
En sesión extraordinaria y con 34 votos a favor, las diputadas y diputados de la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso de Oaxaca aprobaron el proyecto de decreto enviado por el Gobernador Salomón Jara Cruz, para autorizar a los 570 Ayuntamientos del estado a contratar con cualquier institución bancaria uno o varios financiamientos.
Este financiamiento puede ser hasta por el monto, destino, plazos, términos, condiciones y características que en el presente se establecen; para que afecten como fuente de pago del o los financiamientos que contraten hasta el 25 por ciento del derecho a recibir y los importes líquidos que anual e individualmente les correspondan del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal y para que celebren el mecanismo de pago de los créditos que contraten.
El proyecto fue dictaminado por la Comisión Permanente de Hacienda y destaca que, para asegurar el cumplimiento oportuno de las obligaciones del pago, minimizar el riesgo de incumplimiento y garantizar la estabilidad financiera de los municipios, se plantea la celebración de un Contrato de Mandato Irrevocable entre cada municipio, el Gobierno del Estado y la institución financiera correspondiente.
Y de conformidad al artículo 6 de la Ley de Deuda Pública del Estado de Oaxaca cualquier contratación en este sentido deberá cumplir con los requisitos de autorización del Congreso, garantizando que los montos contratados, los plazos y las condiciones sean acordes con la capacidad financiera de cada municipio.
Durante su intervención el presidente de la Comisión Permanente de Hacienda, diputado Oliver López García destacó que este tipo de financiamiento se encuentra contemplado en el artículo 50 de la Ley de Coordinación Fiscal que rige en todo el país, la cual tiene como finalidad que los municipios puedan contratar créditos para destinarlos a la infraestructura básica y no para el gasto corriente.
Refirió que lo anterior es una figura regulada por el marco normativo y diseñado por la Federación y cada que existe renovación de autoridades en el ámbito municipal la Legislatura aprueba estos mecanismos de financiamiento.
En el proyecto de decreto también se precisa que, cada Ayuntamiento podrá contratar el o los financiamientos autorizados en los ejercicios fiscales 2025 y 2026, y deberán pagarlos en su totalidad en un plazo que no exceda el periodo constitucional de la administración municipal que lo contrate, esto es, a más tardar el 30 de noviembre de 2027 para el caso de las demarcaciones que se rigen con el Sistema de Partidos Políticos.
Y, a más tardar el 30 de noviembre de 2028, para aquellos que se rigen por los Sistemas Normativos Indígenas, cuya administración municipal inicia a partir del 01 de enero de 2026.
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