Corte debate hoy reforma electoral

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá hoy si procede el amparo que promovieron 15 intelectuales para impugnar la reforma constitucional de 2007, que prohibió a los particulares contratar propaganda electoral en radio y televisión.

En la resolución del amparo será decisivo el voto del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien no había sido designado el pasado 31 de enero, cuando la votación sobre este asunto quedó empatada con cinco votos a favor de la procedencia del amparo y cinco sufragios por la improcedencia del mismo.

El proyecto presentado ente el pleno el 31 enero establece que es procedente impugnar una reforma constitucional mediante el juicio de amparo, propuesta que de aprobarse establecería un criterio innovador por el que cualquier ciudadano podría combatir un proceso de enmienda a la Constitución.

Sin embargo, la segunda parte de la sentencia niega el amparo a los demandantes por considerar que el proceso de reforma cumple con los requisitos establecidos en el artículo de la Constitución. Fabián Aguinaco, representante legal de los quejosos, anticipó que, de confirmarse la negativa, se llevará el caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Los puntos centrales de la demanda son que hubo violaciones graves al procedimiento de reforma, tanto en el Congreso de la Unión como en las legislaturas estatales, y que la enmienda viola la libertad de expresión al prohibir a los particulares la posibilidad de influir en las elecciones contratando espacios en radio y televisión.

El diputado Javier Corral, quien apoya la reforma constitucional de 2007, insistió en que ésta no atenta contra la libertad de expresión, pues sólo impide que los resultados de las elecciones sean determinados por el poder adquisitivo de los pocos que pueden contratar espacios en los medios electrónicos.

Corral consideró que la Corte debe confirmar la constitucionalidad de la reforma, pero está de acuerdo en que se reconozca la posibilidad de impugnar mediante el juicio de amparo reformas constitucionales con vicios en el procedimiento.

“Eso obligaría a un mayor rigor en el trabajo de las dos cámaras, de diputados y de senadores, y los ciudadanos contarían con un instrumento más frente a las omisiones, abusos o negligencias del procedimiento legislativo; sería un avance en la tutela de los derechos humanos”, aseveró el panista.

Aguinaco reiteró que la demanda no es un asunto que atañe sólo a los 15 intelectuales, académicos y periodistas que promovieron el amparo, sino a toda la sociedad, porque la libertad de expresión está en juego debido a una reforma constitucional que es regresiva.

“Los derechos humanos tienen un carácter progresivo, es decir, no se pueden limitar o disminuir en función de otros y con esta reforma estamos yendo para atrás en materia de libertad de expresión”, afirmó el abogado.

De aprobarse la procedencia del amparo, no sería el triunfo de 15 personas, sino del derecho constitucional y de los medios de control de la Constitución.

“En caso contrario, la decisión de los demandantes es que seguiremos esta defensa de la libertad de expresión ante la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH), que tiene criterios definidos sobre la progresividad de los derechos humanos que deben ser respetados y aplicados por el Estado mexicano”.

El fiel de la balanza

Los dos entrevistados coincidieron en la importancia del voto del ministro Pardo.

“Lo que vamos a conocer en realidad es la postura del ministro Pardo Rebolledo, ya que el tema se empató en lo relativo a si el juicio de garantías es procedente cuando se impugnan reformas constitucionales por violaciones al procedimiento. Estamos entrando a una de las discusiones más interesantes de la Corte”, dijo Corral.

“No sé cuál vaya a ser el criterio del ministro Pardo, aunque en su comparecencia en el Senado manifestó que no estaba en desacuerdo con el tema. Sería una sorpresa si vota en contra”, aseguró el abogado Aguinaco.

La postura de los otros 10 ministros sobre la procedencia del amparo quedó establecida en la sesión del 31 de enero, aunque el tema se votará nuevamente.

Olga Sánchez Cordero, José Ramón Cossío, Arturo Zaldívar, Guillermo Ortiz Mayagoitia y el presidente de la Corte, Juan Silva Meza, votaron en favor del proyecto; es decir, por la procedencia del amparo, sin pronunciarse acerca de si la reforma es violatoria de la libertad de expresión, que es el fondo.

Los cinco estuvieron de acuerdo en que el proceso de reforma a la Constitución debe cumplir con los requisitos de la Carta Magna y que cuando estos no se cubren, el amparo es la vía para impugnar.

En contra votaron los ministros Margarita Luna Ramos, Salvador Aguirre Anguiano, Luis María Aguilar Morales, Fernando Franco y Sergio Armando Valls Hernández.

Agencia El Universal