Aplazan análisis de amparo contra reforma electoral

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplazó ayer, por un empate en la votación, el estudio del amparo que interpusieron 15 intelectuales en contra de la reforma constitucional que prohíbe a particulares contratar espacios de propaganda electoral en radio y televisión.

El amparo se registró al votar el primer tema de análisis, que dividió a los diez integrantes del Pleno, al tratar de resolver si las reformas a la Carta Magna pueden ser impugnadas mediante un juicio de amparo.

El proyecto del ministro ponente, Guillermo Ortiz, planteaba revisar el procedimiento de reforma constitucional, pero negar el amparo bajo el argumento de que el proceso legislativo se apegó a las reglas previstas en la Constitución.

A favor votaron el ponente y los ministros Olga Sánchez Cordero, José Ramón Cossío, Arturo Zaldívar y el presidente Juan Silva Meza.

Margarita Luna, Fernando Franco y Sergio Valls, mantuvieron la postura de 2008, en el sentido de la imposibilidad de que el Poder Judicial pueda ejercer algún tipo de control sobre las reformas constitucionales mediante el amparo.

A ellos se sumaron Luis María Aguilar, quien no había opinado sobre el tema ya que ingresó a la Corte en diciembre pasado, y Salvador Aguirre, quien cambió su postura de 2008, al discutirse también un amparo contra una reforma constitucional.

El estudio del caso se pospuso hasta que sea cubierta la vacante del fallecido ministro José de Jesús Gudiño, la cual ha generado ya 24 empates en igual número de asuntos en la Primera Sala de la Corte, aunque ninguno de la trascendencia del de ayer.

Leyes parciales

Antes del empate, los ministros de la Corte se enfrascaron en un debate acerca de si la materia electoral es competencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y sobre los efectos de otorgar el amparo a los demandantes, lo que implicaría dejar de aplicarles, sólo a ellos, la Constitución.

“La Constitución es para todos, no para el que se ampare en contra de ella, sí, y para el que no se ampare, no, entonces, ya tenemos una Constitución para los que sí vinieron al amparo y para los que no, la Constitución es para todos”, afirmó Luna.

Aguirre sostuvo que este amparo es improcedente porque el artículo 105 de la Constitución establece la acción de inconstitucionalidad como única vía para impugnar una norma electoral, pero José Ramón Cossío recordó que el amparo es el único medio de control constitucional con que cuentan los ciudadanos, pues los otros son exclusivos de las autoridades.

El presidente de la Corte, Juan Silva Meza, expuso que la ley orgánica del alto tribunal establece que en caso de empate, se tiene que convocar a sesión al día siguiente para esperar a los ministros impedidos o ausentes; sin embargo, subrayó que en este caso “no tenemos ausentes, tenemos una vacante”.

Presentes en la sesión, el abogado Fabián Aguinaco, representante de los demandantes, y Jorge Castañeda, uno de los promoventes, afirmaron que el empate “revela el grado de parálisis” del máximo tribunal ante la falta de un ministro y cuestionaron la postura de algunos ministros que excluyen del juicio de amparo todo el tema electoral.

Agencia El Universal