El Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca aprobó los topes máximos de gastos de precampaña para las elecciones a diputaciones y concejalías a los ayuntamientos, así como para las personas aspirantes a candidaturas independientes durante la etapa de apoyo de la ciudadanía.
Los topes máximos se establecen con la finalidad de fomentar la equidad de la contienda e impedir que las posibles diferencias que pudieran surgir en cuanto a los recursos disponibles para los partidos afecten las posibilidades reales de competencia.
En lo que respecta a las candidaturas independientes, el tope máximo es para garantizar la equidad en la etapa para recabar el apoyo de la ciudadanía, a través de actos que se financiaran con recursos privados de origen lícito, en los términos de la legislación aplicable, y que estarán sujetos al tope de gastos que se determine por el tipo de elección para quien pretenda ser postulada o postulado.
Para determinar los topes máximos de gastos de precampaña se aplica el 20% de los topes máximos de campana aplicados en el Proceso Electoral Ordinario 2020-2021, de acuerdo a lo establecido en el artículo 179 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Oaxaca, de tal forma que, para este Proceso, el monto será de $5,111,400.14 para precampañas en la elección de diputaciones locales y concejalías a los ayuntamientos.
El tope de gastos para etapa de recabar apoyo de la ciudadanía, en el caso de quienes aspiren a una candidatura independiente, es equivalente al 10% del establecido para las campañas del Proceso Electoral Ordinario 2020-2021, de acuerdo con lo establecido en el artículo 374 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, por lo que para este Proceso Electoral será de $2,555,700.06.
En Sesión Extraordinaria el Consejo General aprobó la designación de las personas ganadoras del cargo o puesto de asistencia técnica de organización electoral, educación cívica y participación ciudadana a través del concurso público 2022-2023 del Servicio Profesional Electoral Nacional del Sistema de los Organismos Públicos Locales Electorales.
El órgano electoral, calificó como jurídicamente válida la decisión de Terminación Anticipada de Mandato de las concejalías propietarias del Ayuntamiento del San Juan Juquila Mixes, adoptada mediante Asamblea General Comunitaria de fecha 7 de junio de 2023.
También se validaron las elecciones ordinarias de los municipios de Asunción Cacalotepec, San Antonino Monte Verde, San Juan del Estado, San Juan Juquila Mixes, San Juan Tabaá, San Mateo Cajonos, San Pablo Yaganiza, San Pedro y San Pablo Ayutla, San Pedro Yólox, San Sebastián Nicananduta, Santa María Temaxcalapa, Villa Hidalgo Yalalag, Santiago Lalopa, San Miguel Quetzaltepec, San Andrés Solaga, San Francisco Cajonos, Santa María Yalina, Santo Domingo Xagacía, y San Miguel del Río que electoralmente se rigen por Sistemas Normativos Indígenas.
Las consejerías electorales, validaron elección extraordinaria de concejalías al Ayuntamiento de Santo Domingo Albarradas y el nombramiento de autoridades comunitarias de la cabecera municipal de Santiago Xiacuí, que electoralmente se rige por Sistemas Normativos Indígenas.
Finalmente el máximo órgano de dirección, realizó sesión ordinaria para aprobar las actas de sesiones e informes respecto de las resoluciones dictadas por los órganos jurisdiccionales en la materia; sobre la Comisión de Quejas y Denuncias o Procedimiento Contencioso Electoral; y de encuestas electorales.
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