
CRÓNICA POLÍTICA: Órganos jurisdiccionales electorales, ¿garantistas o politizados?
*.- TEEO, ¿como Poncio Pilatos?
*.- PAN, ¿por qué cambió de portero?
*.- Amenazas en contra de candidatos del PRS
*.- Pésame
Rosy RAMALES
La semana pasada, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó restituir a David Monreal Ávila y a José Guillermo Favela Quiñones en las candidaturas de Morena a gobernador de Zacatecas y de Durango, respectivamente; candidaturas que el Consejo General del INE había cancelado porque dicho partido y ambos abanderados desacataron la ley.
Las consejeras y los consejeros del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) solamente aplicaron lo dispuesto en artículo 299, párrafo tercero, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE), que a la letra dice:
“Si un precandidato incumple la obligación de entregar su informe de ingresos y gastos de precampaña dentro del plazo () establecido y hubiese obtenido la mayoría de votos en la consulta interna o en la asamblea respectiva, no podrá ser registrado legalmente como candidato. Los precandidatos que sin haber obtenido la postulación a la candidatura no entreguen el informe antes señalado serán sancionados en los términos de lo establecido por el Libro Octavo de esta Ley.”
Sin embargo, magistrados de la Sala Superior consideraron como una medida excesiva el retirar la candidatura, pues tanto Monreal como Favela sí presentaron el informe, aunque de manera extemporánea.
Incluso, según el comunicado del TEPJF el magistrado Manuel González Oropeza “señaló que en ambos casos es muy claro que se presentaron los informes de gastos de precampaña, aunque hayan sido de manera inoportuna, extemporánea e irregular, pero finalmente ‘prueban una cosa: que hay la convicción de que el partido o el precandidato y el precandidato, sí presentaron un informe’”.
Y dijo: “Y para mí eso basta. Lo presentaron mal, lo presentaron equivocadamente, con base en presunciones que no son correctas. Eso es otra cosa, pero hubo la presentación del informe…” Entonces, la presentación (como haya sido) “automáticamente elimina la posibilidad de aplicar una sanción constitucional tan importante, como es la cancelación de un registro para participar en un proceso electoral.”
¿Qué tal? ¿O sea que vale cero a la izquierda la disposición en la cual se exige la presentación del informe dentro del plazo establecido? En otras palabras: ¿Partidos y precandidatos o candidatos pueden presentar el informe cuando les venga en gana? Caray, la presentación del citado informe dentro de un plazo legal tiene su razón de ser: La fiscalización puntual, la rendición de cuentas y la transparencia. Precisamente por eso la última reforma electoral.
Como dice una popular canción: “Y todo para qué, y todo para qué”. Recuerden: Los partidos manejan financiamiento público y en menor medida privado. Luego gracias a la opacidad, salen representantes populares vinculados al crimen organizado. ¡Ojo, magistrados!
Claro, los magistrados de la Sala Superior resolvieron “con una visión pro homine que distingue entre la omisión absoluta de presentar el informe y su presentación extemporánea, por la trascendencia de la sanción”.
Y, por supuesto, en base a los principios de los derechos humanos protegieron el derecho a ser votado de Monreal y de Favela, ordenando al Consejo General del INE emitir una nueva resolución, la cual derivó en una multa. Y tan tan.
Ya en base a la referida sentencia de la Sala Superior del TEPJF, que sentó criterio, pues el Consejo General del INE solamente sancionó a Morena y a su candidato a gobernador de Oaxaca, Salomón Jara Cruz; cuyo informe también fue presentado extemporáneamente. Mucha coincidencia, ¿no?
Y miren, no se trata de señalar a un partido político, sino se trata del respeto a la ley por parte de todos los partidos y principalmente por parte de los órganos garantes en materia electoral.
La serias advertencias de consejeras y consejeros del INE
En fin, que las consejeras y consejeros del Consejo General del INE, sin quedarles otra, acataron la resolución del TEPJF. Sin embargo, haciendo uso de su libertad de expresión, con harta preocupación lanzaron serias advertencias. Por ejemplo:
El Consejero Presidente, Lorenzo Córdova, dijo: “Las sentencias se acatan, pero tenemos un mandato constitucional como nunca antes lo ha tenido la autoridad electoral de ejercer una fiscalización cada vez más robusta, porque de eso depende el futuro de la democracia en nuestro país”.
Y advirtió que la entrega extemporánea “puede abrir la puerta para que eventualmente” los partido “hagan un ejercicio costo-beneficio que implica el pagar una sanción, pero beneficiarse de un ilícito”.
Ups. Y tiene toda la razón, toda. Además, presentar informes de manera extemporánea volverá a ser una mera formalidad como antes, como bien lo advirtió la consejera Pamela San Martín; palabras más, palabras menos.
Eso sí, Ciro Murayama sentenció que respecto de las campañas será diferente: “Candidato que no entregue informes, no tiene excusa que valga”. La extemporaneidad no será valedera.
Como debe ser, ¡sí señor!
¿Hay politización o abuso de los derechos humanos?
Francamente, ante sentencias como la relativa al incumplimiento en la presentación dentro del plazo legal de los informes de ingresos y egresos de precampaña, no queda más que preguntar: ¿El máximo órgano jurisdiccional el materia electoral es en realidad garantista o ha politizado sus resoluciones? ¿Hay politización o abuso de los derechos humanos?
En verdad, vale la pena reflexionar sobre si la maximización de la protección de los derechos político electorales de precandidatos y candidatos redunda solamente en beneficio de grupos de poder bajo el amparo de los derechos humanos interpretados por los órganos jurisdiccionales en materia electoral.
Situación que sería muy grave y evidenciaría relaciones inconfesables.
La Sala Superior ha resuelto ciertos casos que ponen en tela de juicio su independencia e imparcialidad. Por ejemplo: La validación de las elecciones federales 2015 en el estado de Oaxaca, donde prevalecieron las causas de nulidad; sin embargo, este caso puede ser justificado a la luz de la estabilidad y la paz social; el registro del PT, y los criterios sobre paridad de género emitidos por el INE. Por citar algunos.
Son más sus aciertos jurídicos. No obstante, sus criterios políticos todo estropean.
¿CÓMO PONCIO PILATOS?
Me hubiera gustado ver y escuchar la sesión en la cual el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) resolvió las impugnaciones en contra de candidatos a gobernador. Pero desafortunadamente dicho órgano jurisdiccional carece de un sistema de transmisión en vivo de sus sesiones, y solo en ocasiones avisa oportunamente de éstas mediante mensajes de Twitter y no da tiempo de llegar.
Tampoco avisan mediante mensajes de correo electrónico, señales de humo, palomas mensajeras, o algo por el estilo. Claro, avisan por estrados, lo cual representa ir diario y a todas horas para saber cuándo y qué asuntos resolverán. El magistrado presidente, Raymundo Wilfrido López Vázquez, es una persona preocupada y ocupada en las tareas del Tribunal y entre sus pendientes se encuentra mandar a elaborar una página web de avanzada, mejor que la del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Ojalá sea pronto. Porque la página actual parece confeccionada antes del diluvio. Y todos los casos son didácticos, sin duda, sobre todo los relativos a la elección de gobernador.
En fin, que el Pleno del Tribunal Electoral del Estado resolvió que: El candidato de la coalición “Juntos Hacemos Más” (PRI-PVEM-Panal), Alejandro Ismael Murat Hinojosa es nativo de Oaxaca por derecho de sangre al ser hijo de padre oaxaqueño; que el abanderado de la coalición “Con Rumbo y Estabilidad para Oaxaca” (CREO), José Antonio Estefan Garfias, ni rebasó los topes de precampaña, ni usó recursos públicos, ni realizó actos anticipados de campaña; y que el abanderado del PT, Benjamín Robles Montoya no participó en dos procesos internos de manera simultánea.
O sea, en el estado de Oaxaca todo marcha dentro de la ley. ¿O se lavaron las manos como Poncio Pilatos?
En el caso del abanderado de la coalición “Juntos Hacemos Más” y según un comunicado, los magistrados concluyeron que:
“…al ser hijo de padre nacido en el estado de Oaxaca, se le debe considerar nativo, a efecto de cumplir el requisito para ser Gobernador. Ello, al priorizar que se encontraron ante un derecho político-electoral, por lo tanto, realizaron una interpretación extensiva con el fin proteger este derecho; así como, porque el elemento diferenciador entre los hijos de padres que nacieron en el estado de Oaxaca y, los hombres y mujeres que no nacieron en el Estado y tampoco son hijos de padres oaxaqueños, es el lazo de filiación, toda vez que, los primeros pueden generar una relación de afinidad, pertenencia o arraigo social, mayor que otro ciudadano que no haya nacido en Oaxaca, y tampoco fuese hijo de padres oaxaqueños.”
Por cierto, cabe preguntar: ¿Algún partido impugnará la decisión del TEEO? ¿O ahí quedó todo convencidos de que la Sala Superior del TEPJF resolverá igual?
PAN, ¿POR QUÉ CAMBIAR AL PORTERO?
En plenas campañas electorales, que es cuando los partidos políticos necesitan porteros avezados o por lo menos con determinada experiencia electoral, al Partido Acción Nacional (PAN) en la entidad se le ocurrió cambiar a su portero: Cambió a Facio Martínez como representante propietario ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO).
¿Por quién lo cambio? Por Edgar Manuel Jiménez García.
¿Tiene experiencia? Lo desconocemos. Ya se verá durante las sesiones del Consejo General del IEEPCO, en las cuales debe poner en práctica tantos sus conocimientos en materia electoral como sus habilidades en oratoria y en manejo del debate político.
¿Por qué cambiarían a Facio?; él ya tenía el pulso del proceso electoral, el manejo de cada tema, y daba debate.
Ciertamente, empezó algo verdecito, pero empezó cuando no había proceso electoral y aprendió pronto.
Si Edgar Manuel Jiménez García no rinde, habrá sido una mala estrategia cambiar a Facio Martínez.
AMENAZAS EN CONTRA DE CANDIDATOS DEL PRS
Resulta grave que se registren ocho amenazas, al parecer “de muerte”, en contra de candidatos a diversos cargos de elección popular del nuevo partido local Renovación Social (PRS), según denunció su dirigente estatal, Joaquín Ruiz Salazar.
Y no es para menos. Hay inseguridad y violencia en diversas comunidades oaxaqueñas, en parte por el mismo ambiente electoral, pero también por situaciones de otra naturaleza.
No es para nada deseable que el proceso electoral oaxaqueño se tiña de rojo como ha ocurrido en otras entidades del país en pasados procesos electorales. Por ejemplo, en Guerrero.
A propósito del candidato a gobernador de Oaxaca del PRS, Joaquín Ruiz Salazar, es uno de los pocos abanderados que de manera constante durante su campaña maneja propuesta de gobierno.
PÉSAME
Vaya el pésame a nuestro amigo, el periodista Jaime Velázquez por el fallecimiento de su mami, que Dios la tenga en la Gloria. Un abrazo muy fuerte y el deseo sincero de la pronta resignación.
***
Correo: rosyrama@hotmail.com