Iniciativa contra padres incumplidos

CIUDAD DE MÉXICO.- Alejandra Barrales, presidenta de la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), presentó ante el Pleno una serie de reformas a los Códigos Civil y Procedimientos Civiles, que buscan elevar a delito grave y sin derecho a fianza, el incumplimiento en el pago de pensión alimenticia de los hijos.

Conoce los puntos clave de esta propuesta sobre la cual la legisladora se mostró confiada en la aceptación del pleno de la ALDF y que sea aprobada por unanimidad:

1. Panorama actual. Durante el año 2010, se registraron 12 mil divorcios en la ciudad de México, de los cuales 10 mil se convirtieron en litigios, donde el tema de las pensiones fue una discusión primordial.

2. Madres encabezan lista de afectados. Más del 95 por ciento de los afectados por la falta de pago de la pensión alimenticia son madres capitalinas.

3. ¿Cómo se penaliza actualmente? Hasta el momento, desatenderse de las obligaciones económicas hacia un hijo sólo se castiga con una multa y, en caso de que un juez lo ordene, con seis meses y hasta un año de prisión.

4. ¿Cómo proponen sea el castigo para los deudores? La propuesta busca que el incumplimiento en el pago de pensión alimenticia sea castigado con tres a siete años de prisión y de 100 a 400 días de salario mínimo como multa.

5. Padres incumplidos quedarán en evidencia. Cuando el deudor alimentario se rehúse a pagar la pensión a la que está obligado y adeude tres meses o más, el Juez de lo Familiar ordenará el ingreso de sus datos en el Registro de Deudores Alimenticios (REDAM).

6. Sociedades de Convivencia no se salvan. La propuesta también incluye las reformas a los artículos 8 y 10 de la Ley de Sociedad de Convivencia para el Distrito Federal. Ordena que la autoridad registradora de las uniones deberá cerciorarse si los contrayentes no están en el REDAM.

7. Otros casos latinos. Este tipo de enlistados ya existen en otros países como Chile o Argentina, donde el registro mantiene nombres que adeudan entre tres y cinco cuotas alimentarías; las inscripciones o bajas se hacen por orden judicial, y el Tribunal Electoral debe difundir a aquellos candidatos a cargos públicos que se encuentran en el listado público.

8. En la lupa empresas cómplices. La iniciativa también ordena que las empresas capitalinas que falseen datos de padres deudores con el pago de la pensión alimenticia podrían ser sancionadas con la reparación económica de esta pensión, a partir del primer dato falso que haya suministrado.

9. ¿Cómo las castigarán? Al confirmarse la complicidad de las empresas con los demandados, y una vez que se demuestre la falsificación de información o testimonios, lo que se plantea en la iniciativa es que las agrupaciones comerciales tendrán que proceder con la reparación del daño.

La sanción será económica y tendrán que pagar directamente a los tutores demandantes la pensión alimenticia a partir de que suministraron los datos falsos.