La Agenda Legislativa del Bicentenario considera una serie de iniciativas que el gobernador Enrique Peña Nieto presentó hace casi un año al Congreso del estado de México.
El 28 de julio de 2010, el mandatario mexiquense entregó al Legislativo un paquete reformas que incluían 12 modificaciones a la Constitución estatal, a cinco leyes secundarias, cuatro códigos, asó como la creación ocho nuevas disposiciones.
La mayor parte de las reformas propuestas por el Ejecutivo mexiquense fueron aprobadas, aunque hay aún dos pendientes que tienen un papel importante en dicha agenda y cuya discusión ha levantado posiciones encontradas entre las fuerzas políticas del Congreso Mexiquense.
La ampliación de los periodos de los alcaldes de tres a cuatro años y las mayorías legislativas son los pendientes principales de la agenda legislativa impulsada por Peña Nieto, a dos meses de que concluya su gobierno.
1. Ampliación o reelección
En el primer caso, diputados del PAN y PRD han señalado que impulsarán la reelección de alcaldes y legisladores para que tengan “la posibilidad de ocupar nuevamente el cargo hasta en dos ocasiones consecutivas, siempre y cuando hayan realizado un trabajo excepcional que merezcan ser reelectos”, dijo Óscar Sánchez Juárez, coordinador de la bancada de Acción Nacional en la Legislatura local.
El panista señaló que “sólo en México y Costa Rica no se prevé que quien ha ocupado un cargo de representación popular en los órganos legislativos pueda volver a postularse para el periodo inmediato siguiente”.
Sin embargo, esta propuesta no es compartida por los priístas quienes han manifestado su apoyo a la ampliación de periodos de alcaldes.
2. Mayorías, propuesta cuestionada
Días después de que Peña Nieto presentó la agenda Bicentenario, Sánchez Juárez calificó la iniciativa de mayoría legislativa como «un golpe a la democracia».
Por su parte, Ernesto Nemer, líder de la bancada del PRI y presidente de la Junta de Coordinación Política, ha señalado sobre esta iniciativa que consiste en reformas a los «artículos del Código electoral para buscar que un partido que obtenga la mayoría de votos tenga una mayoría calificada en el Congreso para facilitar que las políticas y las reformas que envíe el Ejecutivo puedan aprobarse y que no se detenga la buena marcha de un gobierno”.
3. Ley de seguridad
Aunque no formó parte de la agenda legislativa del Bicentenario, el Ejecutivo se comprometió a presentar una iniciativa de Ley de Seguridad para el estado de México; esto ocurrió el pasado 11 de marzo.
Dicha iniciativa fue turnada a comisiones y tal parece que su futuro es incierto, pues no figura entre las reformas a discutirse en este periodo de sesiones y Eruviel Ávila, ganador de la elección del 3 de julio, señaló en varias ocasiones que dentro de sus primeras acciones estará el crear la Secretaría de Seguridad Pública local, lo que deja atrás la iniciativa presentada.
La reforma propuesta por la administración que encabeza Peña Nieto considera los siguientes puntos:
Sistema Estatal de Seguridad Pública
Estará integrado por toda la información relacionada con la seguridad pública que generen las instituciones del estado, municipios y, en su caso las demás entidades del país. Tiene como mayor instancia de discusión el Consejo Estatal de Justicia.
Funcionará a partir de la información que le suministren las instituciones como la Agencia de Seguridad Estatal o la Procuraduría General de Justicia del estado, entre otras. En este último caso, sólo la PGJEM podrá reservar información en caso de que se considere pone en riesgo una investigación.
Para alimentar este sistema, se crearán las siguientes bases de datos: Información criminal que deberán incluir la información sobre personas imputadas, vinculadas a proceso y sentencias, incluyendo perfiles criminológicos y todos los datos con que se cuenten; Información penitenciaria que incluirá el registro de los presos en la entidad; del personal de las instituciones de Seguridad, a fin de identificarlos plenamente y poder localizarlos; Registro de Armamento y equipo, en el cual se incluyen los vehículos y municiones asignadas a personal de seguridad pública, y el registro de detenciones con nombre del detenido, apodo, descripción física, motivo de la detención, personas que lo detuvieron, lugar de detención y traslado.
Secretariado Ejecutivo del Sistema estatal de Seguridad
Será el enlace con el Sistema Nacional de Seguridad Pública, además de su órgano operativo. Será nombrado por el Consejo estatal y permanecerá en el cargo cuatro años con posibilidad de reelegirse un periodo.
c. Consejo Estatal de Seguridad
Estará integrado por el gobernador, el secretario de Gobierno, el procurador del estado, el comisionado de la ASE, presidentes municipales de las cabeceras de los distritos judiciales, presidentes de las comisiones de Seguridad Pública y Tránsito y de Procuración de Justicia del Congreso.
También lo integrarán dos representantes del Poder Judicial, el titular de la Comisión de Derechos Humanos local, representantes de las instituciones policiales y de procuración de justicia y sistema penitenciario del ámbito federal; dos representantes de organizaciones civiles vinculadas al tema de seguridad pública, dos académicos en la materia, y el Secretariado Ejecutivo.
Este consejo sesionará cada dos meses de manera ordinaria, y será el encargado de aprobar el programa estatal en materia de seguridad pública, vigilar la aplicación de recursos, implementar políticas públicas en materia, entre otras.
Derechos de los policías
Esta nueva ley contempla en su artículo 69 que los elementos policiacos tendrán derecho a recibir el vestuario y equipo reglamentario sin costo; a no recibir un trato denigrante por parte de superiores; a la capacitación; a contar con un seguro de vida; a tener acceso a bibliotecas, centros de recreación, entre otros.
Mediación policial
Esta ley incluye en su artículo 86 este novedoso concepto, el cual refiere que es un “proceso en el que uno o más elementos de las instituciones policiales intervienen en cualquier conflicto social, facilitando a las partes la comunicación con el objeto de que ellos mismos construyan un convenio que dé solución plena, legal y satisfactoria al conflicto”.
La «mediación policial» no podrá aplicarse en caso de que el conflicto implique la posible comisión de un delito.
Una vez agotado el proceso de «mediación policial», se firmará un acuerdo que será firmado por las partes en conflicto y los elementos policiacos; si dicho convenio es incumplido, se realizará nuevamente este procedimiento. En caso de que no funcione la «mediación policial», la ley prevé que se les informarán a las partes en conflicto cuáles son sus derechos que tienen para agotar las instancias legales correspondientes, advirtiendo de los pros y contras de esto.
Los elementos policiacos que participen en una mediación serán debidamente capacitados.
Disciplina policiaca
La ley considera como causa de remoción la falta de probidad u honradez; participar en actos de violencia; injurias; maltrato a superiores o subordinados o a familiares dentro o fuera del servicio; faltar más de 3 días sin justificación en un periodo de 30 días; destruir intencionalmente edificios, obras, vehículos, instrumentos a su cargo; asistir a un servicio con aliento alcohólico; la pérdida del arma de cargo.
CUSAEM
El artículo 20 transitorio considera que «Los recursos humanos, materiales y financieros con los que venían operando los Cuerpos de Seguridad Auxiliares del Estado de México se transferirán a la Agencia de Seguridad Estatal para el cumplimiento de su objeto». De tal forma, la ASE toma control de los CUSAEM.
Agencia El Universal
