México rechaza informe del Comité de la ONU sobre desapariciones forzadas por omitir avances desde 2018

 

México rechaza el informe del Comité por considerarlo sesgado y desestimar las observaciones, análisis y actualizaciones presentadas por el Gobierno mexicano. Dichos elementos muestran que los argumentos del Comité son inconsistentes tanto con su propia definición de desaparición forzada como con los avances institucionales del país desde 2019, y particularmente desde 2025.

El procedimiento de la Convención fue diseñado para casos en los que las desapariciones forzadas se cometen de manera generalizada y sistemática por agentes del Estado, y en los que las autoridades se niegan a actuar o cooperar. Esto no refleja la realidad del México actual, que ha emprendido una transformación estructural en esta materia.

El informe se centra principalmente en hechos ocurridos entre 2009 y 2017 —durante las administraciones de Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto— y se limita a cuatro estados. No obstante, la decisión del Comité es parcial y sesgada, ya que no toma en cuenta los esfuerzos institucionales presentados el 27 de marzo. México lamenta que el Comité haya decidido no considerar la información actualizada antes de emitir su resolución.

En los párrafos 117 y 118 de su decisión, el propio Comité reconoce que no existen indicios comprobados de una política federal orientada a llevar a cabo ataques generalizados o sistemáticos contra la población civil, ya sea por acción u omisión. Estas conclusiones reflejan la situación actual del país, distinta a la de periodos anteriores.

Los argumentos del Comité también carecen de rigor jurídico y sus premisas son débiles, incluida su interpretación sobre el vínculo con el Estatuto de Roma. A ello se suman posibles conflictos de interés entre algunos de sus integrantes; específicamente, existe evidencia de que al menos uno de ellos trabajó para organizaciones que han presentado denuncias contra México.

El Gobierno de México no tolera, permite ni ordena desapariciones forzadas. La actual administración ha impulsado reformas legislativas e institucionales, en coordinación con colectivos de familias, para atender esta problemática.

Como resultado de un proceso participativo con familiares de víctimas, en julio de 2025 se aprobaron modificaciones sustanciales a la ley. El Comité no consideró adecuadamente las siguientes herramientas y obligaciones:

  • La Alerta Nacional de Búsqueda de Personas
  • La obligación de abrir una carpeta de investigación desde el primer reporte
  • La Base Nacional de Carpetas de Investigación
  • La Plataforma Única de Identidad
  • La obligación de establecer fiscalías especializadas en los estados
  • El fortalecimiento del Banco Nacional de Datos Forenses
  • El fortalecimiento de la Comisión Nacional de Búsqueda con especialistas y equipamiento
  • La obligación de mantener registros oficiales con datos mínimos de identificación
  • La coordinación garantizada entre comisiones de búsqueda, fiscalías estatales y la Fiscalía General de la República (FGR)
  • La inclusión de las comisiones de víctimas en el Sistema Nacional de Búsqueda

Como ha reconocido el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, México mantiene una política de cooperación cotidiana con los sistemas internacionales y regionales, lo cual ha sido valorado por diversos organismos.

México está abierto a la cooperación técnica internacional, pero no bajo premisas que no reflejen su realidad actual.

El Gobierno de México reitera su compromiso absoluto con la erradicación de las desapariciones forzadas, el fortalecimiento de las labores de búsqueda e identificación, y la garantía de verdad y justicia para las víctimas y sus familias, como eje central de la transformación nacional.

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