Narcomenudeo, ya es competencia de autoridades locales: SCJN

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las autoridades locales son competentes para conocer y sancionar el delito de narcomenudeo, aunque las entidades federativas no hayan adecuado todavía su legislación a la reforma federal sobre este tema.

En votación dividida, de seis contra cinco, y en sentido contrario a la resolución del martes pasado en un tema relacionado, el Pleno determinó que las autoridades de seguridad pública y procuración e impartición de justicia tienen competencia en el tema desde agosto de 2010.

El cambio de criterio se dio al resolver una contradicción de tesis en la que un tribunal del estado de México rechazó la competencia de un asunto de narcomenudeo, debido a que en esa entidad no se ha expedido la legislación respectiva ni se han hecho las adecuaciones necesarias para cumplir con la reforma.

El proyecto, elaborado por la ministra Olga Sánchez Cordero, fue respaldado por los ministros Salvador Aguirre, Jorge Mario Pardo, Luis María Aguilar, Sergio Valls y el presidente de la Corte, Juan Silva Meza, quien el martes pasado votó con la mayoría que avaló el plazo de tres años para la entrada en vigor de la reforma en las entidades federativas.

En agosto de 2009 el Congreso de la Unión expidió el decreto de reformas a la Ley General de Salud para combatir el narcomenudeo, que otorgaba competencia concurrente a los estados para perseguir y sancionar este delito.

El artículo primero transitorio del decreto ordenó a las legislaturas locales realizar las adecuaciones legales correspondientes en el plazo de un año, y poner en marcha las modificaciones en un término de tres años, pero la redacción de esta norma ha generado interpretaciones opuestas tanto en las entidades como en la propia Corte.

En la sesión de este jueves, los ministros de la minoría advirtieron que otorgar la competencia «de un día para otro» a las entidades federativas, sin que cuenten con los medios tanto legislativos como materiales (instalaciones, instituciones) para aplicar las disposiciones sobre narcomenudeo puede generar una distorsión.

José Ramón Cossío planteó que sería prudente acompasar los dos momentos: la competencia judicial y las adecuaciones legislativas, para satisfacer la garantía de acceso a la justicia, pues de lo contrario se estaría pidiendo a los ciudadanos que acudan a una competencia incompleta.

Arturo Zaldívar pidió tomar en cuenta la votación del martes pasado, ya que las entidades federativas no están en aptitud, en estos momentos, de asumir la competencia plena de los asuntos de narcomenudeo.

«Una mayoría, si bien ajustada, decidimos el martes pasado, que se requiere de un plazo de tres años para hacer las adecuaciones necesarias (para la entrada en vigor de la reforma) y la competencia debe actualizarse hasta que se tengan las legislaciones correspondientes: la competencia legal y jurisdiccional en este tema van de la mano.

«El plazo de un año para modificar leyes es para la acción legislativa de crear nuevas legislaciones, no para que adquieran vigencia. El plazo límite para que los estados asuman la competencia es el 21 de agosto de 2012», dijo Guillermo Ortiz Mayagoitia.

La ministra Margarita Luna Ramos preguntó cómo podrán cumplir los jueces con la reforma si no cuentan con los medios para hacerlo.

Recordó que en un tema similar, el de justicia para adolescentes la Segunda Sala de la Corte se pronunció por reconocer la competencia de las instituciones preexistentes y propuso aplicar el mismo criterio.

Fernando Franco consideró que la propuesta ni siquiera debía discutirse, dado el criterio fijado por el Pleno en la sesión del martes y sostuvo que no puede dividirse la entrada en vigor de las reformas para efectos de impartición de justicia.

«El decreto entra en vigor para todos sus efectos… esto no se puede dividir para efectos de impartición de justicia, no se sostiene desde el punto de vista de nuestro sistema jurídico», afirmó.

Agencia El Universal