
En el Congreso de la Unión comenzó la discusión sobre las cuentas bancarias inactivas y cómo evitar que los ahorradores pierdan el dinero acumulado.
Diputados del Partido Acción Nacional (PAN) presentaron recientemente una iniciativa para ampliar de seis a siete años, el plazo para que los recursos de las cuentas de ahorro inactivas se canalicen a la beneficencia.
En el documento que se planteó ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, se propusieron cambios al artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito, a fin de que se “minimice” la posibilidad de que se afecte el patrimonio de los clientes.
Los legisladores plantearon también que los avisos que realicen los bancos se efectúen por vía electrónica, en caso de que se haya pactado este medio con el cliente.
Lo anterior, para favorecer que los propietarios de una cuenta inactiva cuenten con la información necesaria para poder reclamar su dinero.
Iniciar un registro
Como parte de la propuesta, se establece que la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) integre un registro público de los clientes que se encuentren en estos supuestos, a fin de que una sola instancia concentre la información de todas las instituciones. Lo anterior, facilitará la consulta por parte de los clientes y, en su caso, familiares.
Con base en este registro, la Condusef avisará con oportunidad sobre los efectos que tendría no reclamar sus recursos, o en su caso, no realizar movimiento alguno.
Los diputados consideraron que los derechos sobre las cuentas inactivas, también prescriban a favor del patrimonio del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas para fortalecer los fondos de prestaciones para militares retirados y pensionistas y no de manera genérica para la beneficencia pública.
En la iniciativa que presentó el panista Julio Castellanos Ramírez, se advirtió que el contenido del artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito, “resulta claramente desventajoso para los ciudadanos”, y en especial para los de menores ingresos.
Por ello, dijo, es necesario legislar a favor del equilibrio de intereses entre clientes y entidades, bajo condiciones transparentes y competitivas.
La ley establece que las cuentas, que en un periodo de tres años no registren movimientos por depósitos o retiros, se canalizarán a una cuenta global en el mismo banco.
Tres meses antes de que concluya el plazo (90 días) la entidad está obligada a dar aviso por escrito al cliente.
Una vez que los recursos se canalicen a la “cuenta global”, los intermediarios no podrán cobrar comisiones, pero sí generarán un interés mensual que equivaldrá al aumento en el Índice Nacional de Precios al Consumidor.
Cuando el ahorrador se presente para realizar un depósito, retiro, o reclamar la transferencia o inversión, la institución bancaria deberá retirar de la “cuenta global” el importe total, a efecto de abonarlo a la cuenta o entregárselo en efectivo.
Sin embargo, si los recursos siguen sin movimiento por otros tres años y cuyo monto no exceda el equivalente a 300 días de salario mínimo, se entregarán a la beneficencia.
Con ello, los derechos del ahorrador “prescribirán y una vez en poder de la beneficencia, no podrán reclamar ni recuperar los recursos”.
La Asociación de Bancos de México (ABM) ha insistido en para que las personas revisen el estado de sus cuentas de ahorro, así como el de sus familiares, para evitar que queden sin movimiento y se proceda a mandar los recursos a la cuenta global y posteriormente a la beneficencia.
Agencia El Universal