La comunidad artística y personajes públicos podrán demandar por daño material a los paparazzis por la difusión de fotografías de ellos con su consentimiento, esto de acuerdo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Mediante un criterio emitido por la Primera Sala de la Corte, estableció que cuando se trata de periodismo de entretenimiento o de espectáculos sólo es posible difundir imágenes sin consentimiento de los protagonista cuando tienen que ver con su trabajo.
“Tratándose del periodismo de entretenimiento o de espectáculos, sólo existe interés público en publicar y difundir imágenes de personas con proyección pública sin su consentimiento cuando éstas se relacionan con su actividad profesional”, refirió el diario al ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
Ante este criterio la Corte concedió a la conductora María Teresa Alessandri y ordenó a la editorial Notmusa y su revista TvNotas, mismas que difundieron una fotografía de ella en la que aparece con el torso desnudo.
Con información de El Universal