Las mujeres no tienen derecho a interrumpir su embarazo, de acuerdo a una primera decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pero pendiente de un segundo proyecto y de votación en la Sala Superior.
La propuesta, en sentido contrario, fue llevada a la Primera Sala por el ministro Arturo Saldívar, quien también es autor de la sentencia favorable al uso recreativo de la mariguana y del matrimonio homosexual con la posibilidad de adoptar a dos personas del mismo sexo.
La Sala está compuesta de cinco ministros, pero uno de ellos se ausentó y por lo tanto solamente votaron cuatro. Saldívar reivindicó el derecho de las mujeres pero los otros tres ministros se manifestaron en contra y la ponencia fue desechada.
De acuerdo al proyecto original, hay inconstitucionalidad en dos artículos del Código Penal, donde se criminaliza la interrupción del embarazo a quienes así lo decidan.
Sin embargo, los tres ministros restantes votaron en contra, «por la improcedencia del mismo», sin entrar al fondo del asunto, litis como les llaman los juristas puros.
El amparo, dijeron en términos generales, no es el camino para garantizar los derechos sexuales o reproductivos de las mujeres cuando se les niega la interrupción del embarazo.
Sin embargo, el tema no queda agotado y uno de los ministros elaborará un nuevo proyecto para llevarlo a la Sala Superior, donde lo analizarán los once ministros de la Corte.